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año:2005
 
proceso:REFRENDO DE ADDENDUM
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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1 2 Sr. Walter Granados Torres 27 de mayo, 2005 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 06002 27 de mayo, 2005 DI-AA-1071 Señor Wálter Granados Torres Alcalde Municipal Municipalidad de Oreamuno Oreamuno, Cartago Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio sobre Resolución de la Sala Constitucional relacionada con la Ley No. 1981, artículo 5 Nos referimos a su Oficio AM-0676-2005wgt del 10 de mayo del año en curso, mediante el cual solicita nuevamente el criterio de este Órgano Contralor sobre una Resolución de la Sala Constitucional relacionada con la Ley No. 1981, artículo 5 I. Antecedentes Mediante Oficio AM-0526-2005wgt del 14 de abril del año en curso, dicha Municipalidad solicitó criterio de este Órgano Contralor, sobre una Resolución de la Sala Constitucional relacionada con la Ley No. 1981. No obstante, mediante Oficio 4742 (DI-AA-842) del 28 de abril del 2005, esta Contraloría General procedió archivar la gestión, toda vez que no cumplía con los requisitos establecidos en la Circular CO-529 del 26 de mayo del 2000. II. Sobre la presente gestión Si bien en esta oportunidad la solicitud se acompaña del criterio legal de la Asesoría Jurídica de dicha Administración, lo cierto es que a la fecha el Voto en cuestión no ha sido redacto por el Tribunal Constitucional, por lo que se desconoce los alcances del mismo. Por otra parte, se le reitera a esa Corporación Municipal, que la materia consultiva ejercida por este Órgano Contralor, se refiere en forma exclusiva a aquellas de su competencia (Hacienda Pública). Aunado a ello, únicamente la Sala Constitucional se encuentra facultada para aclarar o adicionar sus resoluciones. Por lo anterior, procedemos a archivar su gestión. Atentamente, Licda. Lucía Gólcher Beirute, M.B.A. Fiscalizadora LGB/lmu ci Archivo Central Ni: 10093 2005002313-2 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 30/05/2005
Fecha emisión: 27/05/2005
Documento: 06002-2005.doc
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


1 2 Licda. Ana I. Barrantes Muñoz 17 de febrero, 2005 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No..01784 17 de febrero, 2005 DI-AA-0353 Licenciada Ana I. Barrantes Muñoz Jefe, Unidad de Licitaciones Universidad de Costa Rica San Pedro de Montes de Oca Estimada señora: Asunto: Criterio sobre la cláusula de reajuste de precios del contrato y addendum para la “construcción de un edificio para planetario” suscritos con la empresa K&A Ingenieros Asociados S.A. (Licitación Pública No.21-2003) Como complemento a nuestro oficio No. 05434-04, mediante el cual se refrendó el supracitado contrato y se dejó para estudio la fórmula matemática de reajuste de precios establecida en la cláusula décima segunda de ese contrato contemplada en la cláusula 19 del cartel, observamos que la citada fórmula matemática se ajusta a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Contratación Administrativa, el voto de la Sala Constitucional No. 6432-98 y el criterio recomendado por esta Contraloría General en materia de reajuste de precios para este tipo de contratos. No obstante la anterior aprobación y con el objeto de perfeccionar la citada cláusula, condicionamos su aplicación a los siguientes aspectos: 1. Que el factor de reajuste de los costos indirectos (?ici) se lea correctamente como sigue: ?ici = cis*FRS + cic*FRC Donde: cis: Coeficiente de participación de los salarios dentro de la totalidad de los costos indirectos cic: Coeficiente de participación de los otros costos indirectos dentro de la totalidad de los costos indirectos Factor Reajuste de salarios: FRS = ifs/ios -1 Factor de otros gastos indirectos: FRC = ifc/ioc -1 2. Asimismo, les recordamos, que en el caso en que el Contratista se retrase en la ejecución de una o varias actividades constructivas por causas no imputables a la Administración, el reconocimiento de los reajustes deberá hacerse utilizando el índice correspondiente ...
Fecha publicación: 19/02/2005
Fecha emisión: 16/02/2005
Documento: 01784-2005.doc
Institución: UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM